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Escrito por GregorioHM el 28 febrero, 2010
Continuando con el análisis de las coberturas de un seguro de moto, y tras recien presentarles las coberturas básicas del seguro de moto (a terceros), sigamos con esta labor didactica a tener en cuenta antes de suscribir la póliza del seguro de tu moto. Basicamente podemos encontrar otras 4 coberturas a mayores de la siempre necesaria RC:
Defensa Jurídica.
En dos palabras muy claras: cubre los gastos propios de un juicio.
El usuario puede utilizar esta cobertura para defenderse de las responsabilidades que le imputen, siendo la compañía aseguradora quien corra con las fianzas, reclamación de daños, asistencia jurídica, además de gastos de peritaje, etc.
Esta cobertura tiene el derecho implícito de elegir abogado que le represente, salvo excepciones:
a) que el conductor sea culpable que entonces es la compañía aseguradora quien pone el letrado por que es ella quién tendrá que abonar los costes.
b) Que las acusaciones a terceros sean muy importantes, pues que la elección de abogado puede mejorar o empeorar las indemnizaciones.
Se aconseja disfrutar de esta cobertura puesto que es muy efectiva en caso de juicio.
Asistencia en viaje
La definición para esta cobertura sería la asistencia inmediata en caso de accidente, avería o siniestro durante un viaje.
Sin embargo, es muy importante verificar las especificaciones de la póliza para el vehículo como para las personas que normalmente es desde el km 0, pero algunas lo hacen desde el km 5 y otras desde el km 30. Algunas limitan el territorio de asistencia.
Daños propios
Es la oportunidad de conseguir una indemnización por los daños ocasionados en la moto, ciclomotor o quad cuando no haya otros terceros culpables y los daños no puedan ser cubiertos por otras coberturas, siempre y cuando se cumpla alguna de estas tres condiciones:
· Daños de accesorios de serie que vienen desde la producción del vehículo. Normalmente su indemnización es a nuevo con independencia de la antigüedad del vehículo aunque en algunos casos no pagan la totalidad, como el caso de las ruedas.
· Daños de accesorios no de serie, por los que el asegurado paga un extra en el momento de comprar el vehículo y deben estar incluidos en las condiciones particulares de su póliza. De no estar incluidos, no se abonan.
· Siniestro total de moto, ciclomotor o quad que quede dañada totalmente y tenga menos de un año, algunas compañías lo indemnizan con valor a nuevo. Pasado un año, lo normal es pasarlo a un indemnización a valor venal. Hay tablas reguladoras del valor en cada momento a este respecto. En cualquier caso estar muy atento a las condiciones de la póliza.
A todas estas coberturas se podría sumar cualquier cobertura / cantidad en forma de capital que asegurase los riesgos propios inherentes al motorista o conductor de la moto, la típica cobertura de conductor +habitual en el seguro de coche, daños propios del motorista.
Además de los seguros de coches, en segurosRed también puedes contratar tus seguros de moto en expertoseguros.com, el comparador.
Publicado: 28 febrero, 2010
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Escrito por GregorioHM el 28 febrero, 2010
Si disfrutas de una moto, ciclomotor, scooter o quad y estas buscando un seguro, lo primero que tienes que saber es que el precio del seguro de moto, irá proporcionalmente vinculado a las diferentes coberturas que puedas contratar.
En las próximas líneas, te ayudaremos a conocerlas.
Responsabilidad Civil Obligatoria.
Esta primera cobertura es obligatoria por ley para todo el territorio español y limitada para tu seguro de moto, seguro de ciclomotor o seguro de quad y solo cubre los daños producidos a terceros.
Con esta cobertura la aseguradora se responsabiliza por los daños materiales (otra moto, automóvil, escaparate…) o físico a las personas producidos a terceros y la justificación de su obligatoriedad es ante el caso de un siniestro protagonizado por un insolvente que no pueda hacerse cargo de los daños ocasionados, excepto cuando el conductor se encuentra ebrio, drogado o el vehículo es robado que en cualquiera de estos tres casos, el siniestro está excluido del seguro de moto, ciclomotor o quad.
Los límites de la cobertura están impuestos por ley y si los gastos del accidente superan estos parámetros y el tomador de seguro no tiene más coberturas, es él como titular quien debe abonar la diferencia hasta el importe total del siniestro.
La carencia de este seguro supone una multa que oscila entre los 600 y 3000 euros.
No están incluidos el propio conductor o familiares.
Responsabilidad civil voluntaria
Es complementaria e ilimitada a la anterior por importe máximo de 50 millones de euros por los daños ocasionados a terceros e igual que la anterior excluidos los propios.
Las distintas aseguradoras puede hacer excepciones o limitaciones, a las cuales debemos estar muy pendientes de ellas siempre teniendo en cuenta que ante unos parámetros de indemnización elevados no cubiertos por la responsabilidad civil obligatoria, es muy interesante tener contratada esta cobertura.
En el próximo post explicaremos las coberturas de +valor añadido: defensa jurídica, daños propios y asistencia. Las coberturas Premium para un seguro de moto.
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Escrito por GregorioHM el 8 diciembre, 2009
Es importante conocer este principio: todo propietario de un ciclomotor está obligado a contratar y mantener en vigor una póliza de seguro para garantizar la responsabilidad del conductor por los daños que cause a otras personas o bienes de terceros, por hechos de la circulación. Se le conoce como “Seguro Obligatorio”.
A partir de aquí, conocer las coberturas que el seguro de ciclomotor debe tener para comparar el mejor precio en la mejor aseguradora:
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Garantías que afectan a:
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Las personas
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Al ciclomotor
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Complementarias
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o Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria.
o Responsabilidad Civil Voluntaria.
o Defensa Jurídica.
o Asistencia en Viaje.
o Accidentes Conductor.
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o Daños Propios.
o Incendio.
o Robo.
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o Retirada de carnet y recuperación de puntos.
o Defensa de multas.
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Todas las garantías, con excepción de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria, son de contratación voluntaria, si bien las Entidades Aseguradoras suelen comercializarlas en paquetes, denominados Modalidades de Contratación, siendo los más frecuentes las que listamos en nuestro semaforo de garantías:
- Seguros a “Terceros”: Incluyen, normalmente, las garantías de Responsabilidad Civil Obligatoria y Voluntaria, Defensa Jurídica, Asistencia en Viaje y Accidentes del Conductor.
- Seguros a “Terceros Ampliado”: Además de las garantías del seguro a “Terceros”, incluye el Incendio y/o el Robo.
- Seguros a “Todo Riesgo”: Incluye todas las garantías del “Terceros Ampliado” y los Daños Propios del Vehículo.
- Seguros a “Todo Riesgo con Franquicia”: Incluye una franquicia en la garantía de Daños Propios, lo que supone que, en caso de siniestro, son a cargo del asegurado los daños hasta el importe de la franquicia, de modo que la Entidad de Seguros indemniza solamente los que exceden de la misma.

A pesar de estos breves apuntes sobre las coberturas, conviene analizar la póliza ofrecida por tu compañía de seguros.
Puede comparar seguros de motos online en expertoseguros.com
Escrito por GregorioHM el 21 julio, 2009
Caser Auto te ofrece multitud de pólizas de seguros de auto, para todo tipo de automóvil:

CATEGORIAS CONTRATABLES
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Vehículos de 1º categoría:
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Vehículos de 2ª categoría
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Vehículos de 3ª categoría
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Aquellos turismos y vehículos comerciales de cuatro o más ruedas, cuyo peso total incluido carga útil sea inferior o igual a 3.500 Kg.
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Los vehículos con cuatro o más ruedas cuyo peso sea superior a 3.500 Kg: camiones, vehículos industriales, tractores, máquinas agrícolas, remolques y semiremolques
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Vehículos de dos o tres ruedas, motocarros, motocicletas, ciclomotores y similares
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o Terceros básico: incendio, responsabilidad civil obligatoria, responsabilidad civil voluntaria, defensa jurídica, seguro de ocupantes y asistencia.
o Terceros básico + lunas.
o Terceros básico + lunas + robo.
o Todo riesgo con franquicia.
o Todo riesgo.
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o Terceros básico: responsabilidad civil obligatoria, responsabilidad civil voluntaria, defensa jurídica, seguro de ocupantes (1 plaza) y asistencia.
o Terceros básico + lunas.
o Terceros básico + lunas + pérdida total + robo sin franquicia.
o Todo riesgo con franquicia.
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Terceros básico: responsabilidad civil obligatoria, responsabilidad civil voluntaria, defensa jurídica, seguro de ocupantes (1 plaza) y asistencia.
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Para vehículos industriales, exclusiones y peritaciones conviene entrar en detalle en la información facilitada por Caser Auto.
Caser seguro Auto se puede contratar por diversas vías:
- Sección “Contrata on-line” en www.caser.es
- En el número de teléfono para atención al cliente: 902 112 030.
- A través de cualquiera de sus oficinas.
Puedes encontrar el listado de las mismas en la sección de Atención al cliente/Direcciones y teléfonos/Red de oficinas, dentro de su Web, de forma que accedas al mundo que nosotros hemos denominado como multiautomóvil.
Caser es una compañía todoterreno en el mundo del auto.
CALIFICACIÓN SEGUROSRED

Publicado: 21 julio, 2009
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