Buscar:

Archivo por etiqueta: de Retirada del permiso de conducir

Cobertura de retirada del permiso de conducir


Vistas las razones que han motivado la aparición de esta cobertura, razonados los objetivos a perseguir en un buen seguro de coche con este tipo de cobertura, solo quedan las recomendaciones finales.

 

Es recomendable contratar esta cobertura en el caso personas para quienes sea imprescindible el vehículo diariamente, y siempre que las indemnizaciones sean en su cuantía suficientes para cubrir las necesidades de desplazamiento que se van a tener cuando tenga retirado el carnet de conducir, y así mismo, siempre que no existan demasiadas excepciones.

 

Por ejemplo, si un asegurado es una persona que sabe que no viaja a velocidades excesivas, no comete muchas imprudencias, no bebe… probablemente esta cobertura no la utilice nunca.

 

Pero si el asegurado sabe que tarde o temprano lo van a pillar con exceso de alcohol, pero su seguro excluye esta posibilidad como indemnización, pues tampoco tiene sentido contratar esta cobertura, ya que la retirada de conducir sí se producirá, pero no se generará derecho a indemnización.

 

Por así decirlo, es una cobertura para los profesionales de la carretera.

 

Normalmente esta cobertura no se contrata aparte, sino que viene “de serie” con alguna más, en algunas pólizas concretas, por lo que el usuario no tiene claro qué póliza elegir, o en qué compañía, puede servir para inclinar la balanza hacia una u otra.

 

Así, es mejor que leamos la letra pequeña de nuestro seguro de coche, para evitar que ciertas aseguradoras solo se limiten a pagar los cursos para la recuperación total, o parcial, de los puntos perdidos.

 

Es decir, no pagan una indemnización para que el asegurado pueda desplazarse a través de medios alternativos, lo único que hacen es pagar el curso en la autoescuela para recuperar los puntos del carné.

 

Estos cursos pueden costar del orden de 300 euros, mientras la indemnización de algunas aseguradoras por la retirada puede ser de varios cientos de euros.

Cobertura Carnet por puntos


Esta cobertura tiene su origen en la idea de indemnizar al asegurado para que se pueda desplazar cuando, por el motivo que fuera, se produce una retirada del permiso de conducir, pudiendo cubrir además la indemnización por la consecuente posible pérdida de ingresos económicos para profesionales que dependen inexorablemente del coche para su trabajo.

 

La retirada del permiso de conducir se puede producir por dos motivos:

 

-  Como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados que la normativa actual indica 12 en general, y 8 para los conductores con menos de 3 años de carné.

 

- Por infracción muy grave.

 

Al contratar esta cobertura recién incorporada al seguro del vehículo, el usuario se asegura que su compañía le indemnizará con una cantidad de dinero como consecuencia de haber sido retirado su permiso de conducir, bien a través de resolución administrativa o sentencia judicial.

 

Para que esta cobertura surta efecto, además de tenerla contratada se debe cumplir, necesariamente:

 

-   Que se haya producido por la conducción del vehículo.

 

- Que la privación se haya producido cuando la póliza del seguro del automóvil está en vigor.

 

¿En QUÉ consiste y CUÁNTO es la indemnización?

 

Lo que hacen es dar un dinero para que el asegurado se pueda “mover” con taxis, autobús, tren…

 

Así mismo, las compañías ponen –en su caso- un límite de tiempo para la indemnización periódica, y es hasta que pase la sanción o hasta que pase X meses, lo que primero llegue.

 

Por ejemplo, hay compañías que solo indemnizan el primer mes, y otras que lo hacen durante un año, en ambos casos, como MÁXIMO, ya que si antes de llegar ese máximo se ha cumplido “la condena”, en ese caso, no se llegaría al máximo.

Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad

Analizamos Seguros y Aseguradoras | Publicaciones especializadas en Seguros