¿Qué te garantiza este seguro?
Otras coberturas adicionales: desde la subvención de gastos de transporte tras la pérdida del permiso de conducir, hasta la recuperación del vehículo en caso de que te lo hayan inmovilizado tras topar inoportunamente con un control de alcoholemia -grua-, pasando por el típico recurso de multas en vía administrativa.
Ver post relacionado (blog SEGUROS EMPRESAS): El Seguro “Retirada de Carnet”
http://segurosparaempresa.com/
Artículos relacionados
Publicado: 23 diciembre, 2008
Categorias: Carnet por puntos
Etiquetas: Etiquetas: carnet, cursos, reclamaciones, subsidio
RSS de los comentarios. TrackBack URI
Bienvenido al blog de Seguros de Coches y Motos, el blog donde hablaremos de este tipo de Seguros y todo aquello que tenga relación con las aseguradoras y el dinero que puedas ahorrar
¿Quieres saber más de nosotros?
Seguros Defensa Juridica
Seguros Comunidades Vecinos
Motos y Seguros
Seguros Caza y Pesca
Seguros de Autonomos
NECTAR - Bienestar y Salud
Ser madres
Este blog funciona gracias a WordPress | Un blog de Seguros Red | Condiciones de uso de los contenidos | Responsabilidad


[...] Ver post relacionado (blog Seguros COCHES MOTOS): El Seguro “Carnet por Puntos” [...]
Pingback por El Seguro “Retirada de Carnet” — 10 febrero, 2009 #
Se debe de tener en cuenta que ésta garantia RETIRADA DEL CARNET DE CONDUCIR POR PUNTOS incluida en el seguro del vehículo se limita unica y exclusivamente a ése turismo(matricula). Sin embargo si se contrata una póliza aparte de Retira de Carnet te cubre la retirada en cualquier vehículo.
Comentar por Mar Balleres Garcia — 18 marzo, 2009 #
Estas en lo cierto Mar, el seguro ligado a una póliza de seguro de coche -normalmente- asegura únicamente por el uso de ese auto.
Para cubrir eficazmente el riesgo hay pólizas específicas para esto. Por ejemplo, algunas sólo cubren el gasto del curso de recuperación y otras además aseguran capitales -rentas mensuales hablando con propiedad- en caso de pérdida del carnet de conducir, y siempre que no sea por un motivo excluido de la póliza, como es por ejemplo una conducción bajo los efectos del alcohol. La “defensa jurídica” suele quedar incluida en cualquier caso en este tipo de seguro.
Muchas gracias por tu matización técnica.
Comentar por Gregorio Horga — 19 marzo, 2009 #