Escrito por GregorioHM el 15 mayo, 2010

Dado que nos debemos a nuestra audiencia, y vista la atención captada por el artículo sobre el producto MM renovación carnet de conducir, aquí vamos a daros buena cuenta de ello. Para empezar, aquí tienes el impreso para la Solicitud de Prórroga de la Vigencia del Permiso o Licencia de Conducción.
Aquí unos cuantos consejos útiles del RACE.
Aquí información e impresos de tu carnet de conducción del portal online (oficina virtual de Tráfico) de la DGT.
Facilitaros información al detalle encontrada en un blog de la Granja (blogsfarm), EspacioCoches.com:
Para renovar el carnet de conducir, por el motivo que sea (por que se venció, o por que se cambio de vivienda), hay que seguir los siguientes pasos, y hay que tener en cuenta varias cosas.
La vigencia (una vez que ya tiene su carnet) es la siguiente:
- C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D, D + E y BTP tienen vigencia de 5 años hasta los 45 años. A partir de los 45 años y hasta los 70 la renovación es cada 3 años y a partir de los 70 es cada 2 años.
- Las clases restantes se renuevan cada 10 años hasta los 45.
- De 45 a 70 cada 5 años.
- De 70 años en adelante cada 2 años.
El lugar a donde debes ir a sacar el carnet de conducir es a la jefatura de tráfico, y tenes que llevar las siguientes cosas:
- El carnet actual (si ya lo sacaste por primera vez).
- El informe de aptitudes psicofísicas.
- DNI o documento de nacional de identidad, y en caso de que seas extranjero el permiso de residencia.
- 2 fotografías de 35×25mm.
- Pagar 22 euros.
Por suerte ahora se puede hacer el tramite en la web, a través del PORTAL Web Público www.060.es. También se puede por correo común, pero el problema que pasa con el mismo es que nunca te contestan y te dejan esperando mucho tiempo. Lo importante es no atrasarse, ya que después se transforma en un dolor de cabeza.
Recordaros que conducir con el Carnet caducado implica las correspondientes sanciones (por lo que leo en los foros en entre 90 y 300 euros).
Publicado: 15 mayo, 2010
Categorias: Carnet por puntos, Conductores, de Coches, DGT, Impuestos sobre autos, RACE, Renovación del Carné, Seguridad vial y sanciones
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Escrito por GregorioHM el 6 abril, 2010
Les veniamos hablando de los incidentes en carretera en la Semana Santa, mientras que muchos de vosotros aún no hayáis regresado aún de ellas… pero vamos a seguir cubriendo la actualidad en estas fechas tan señaladas.
Hace unos findes me tome nota de un titular que publica el suplemento Cronica de ElMundo. “El chaleco de su coche puede matarle“. Ni más ni menos. La entradilla iniciaba contando que “Esta Semana Santa se producirán 14,4 millones de desplazamientos por carretera y ese aliado que llevamos en la guantera, para hacernos visibles a 150 metros en caso de avería, seguramente nos traicionará“. Y esto lo afirman porque más abajo decían que “unos 200 automovilistas habrían muerto en España en los últimos 2 años al ponerse chalecos reflectantantes falsos. Según varios informes, el 70% de los que llevamos son ineficaces“.
Por mi profesión de analista de riesgo empresas, me había enterando ya de esta novedad casualmente hace un tiempo por la solicitud de financiación de una operación “renove” de chalecos reflectantes para suministrar a operadoras de renting/leasing de automóvil, las grandes financieras, que necesitan tener adaptado a la normativa los accesorios de sus flotas de vehículos.
Para este viaje editorial entrevistarón a Pere Navarro (director de la DGT), que ni sabia la cifra estimada de muertes por esta causa ni la entrada en vigor de la nueva normativa (ojo, que yo tampo lo sabía hasta que tuve el expte. que paso por mis manos) manifesto no estar sorprendido de que circulen millones de chalecos ilegales. Su respuesta fue clara y contundente “No. La gente va a lo barato. No se hace cargo del riesgo que corre“.
La opinión me parece realista, pero no bien formulada, la gente si se hace cargo de su riesgo a cambio de ahorrarse 5 o 10 euros: son 5 euros hoy vs. un riesgo futuro. Pero como él, si opino igual en el fondo: no, no es lo correcto.
CAMBIO DE NORMATIVA (publicado en el BOE de 23 de enero de 2010)
Se dice que los chalecos homologados deben llevar una especie de “DNI”, es decir, el nombre del fabricante, además de ser capaces de iluminar correctamente al conductor usuario.
Sin embargo, como bien dice el periodista “ya han pasado 2 meses y nadie en España lo sabe“.
La DGT no piensa hacer campaña de tráfico alguna al respecto, considera que es responsabilidad de los organimos oficiales de consumo y no de ellos… como se nota la crisis, no hay presupuestos alegres como antaño…
Conclusión: además de tener firmado un buen seguro de coche con coberturas y garantías óptimas para tus circunstancias como conductor, no escatimes comprando un chaleco inutil, asegurate de que el chaleco que compres cumple la normativa y ofrece un buen resultado en caso de necesidad (lo mejor es que lleven dos bandas horizontales a la altura del abdomen-lumbar y otras dos verticales desde esa zona hacia los hombros).
PD.1 arriba ves la imagen de una pareja con chaleco reflectante bien colocado, pero como ves el triangulo esta situado a una distancia insuficiente, esta demasiado próximo al vehículo averiado, y por ende a sus cuerpos.
PD.2 como verías hace un par de días ofreciamos la imagen de una señorita apurada por cambiar la rueda al margén de la carretera, sin chaleco. Es un gazapo, ni se te ocurra actuar así, te puede llevar por delante otro coche.
Publicado: 6 abril, 2010
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